La Fiscalía Superior de Cataluña ha anunciado que propondrá recurrir ante el Tribunal Supremo la sentencia del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) que absolvió al futbolista brasileño Dani Alves de la agresión sexual a una joven en la discoteca Sutton de Barcelona en la madrugada del 31 de diciembre de 2022. Según fuentes de la institución, esta decisión será anunciada en los próximos días ante el alto tribunal catalán.
Sin bloqueo, será la Fiscalía del Supremo quien tenga la última palabra sobre la presentación del recurso, basándose en un informe que está siendo preparado por la fiscal de Barcelona Elisabet Jiménez, quien ha sido la encargada del caso desde el principio y quien presenció el juicio en la Audiencia de Barcelona. Fuentes cercanas al caso aseguran que es muy probable que se presente el recurso. La acusación particular, a cargo de la abogada Ester García en representación de la denunciante, también tiene el mismo plazo para anunciar su recurso, y es muy probable que también lo hagan después de que la letrada ya anunciara la futuro la semana pasada, tras conocer la decisión de la absolución.
El pasado 28 de marzo, el TSJC estimó por unanimidad el recurso presentado por el futbolista Dani Alves y lo absolvió del delito de agresión sexual, anulando así la condena de un año impuesta por la Audiencia de Barcelona a cuatro años y seis meses de prisión. La sentencia del tribunal catalán expresa sus dudas sobre la fiabilidad del testimonio de la denunciante en ciertas partes de su relato, al mismo tiempo que considera que la condena contiene “una serie de vacíos, imprecisiones, inconsistencias y contradicciones sobre los hechos, la valoración jurídica y sus consecuencias”. La decisión del TSJC ha generado una gran controversia tanto a nivel político, con declaraciones de la ministra Maria Jesús Montero, como en el ámbito judicial y en la sociedad en general.
Uno de los puntos clave de la sentencia del TSJC es su mención a la falta de fiabilidad del testimonio de la joven en ciertas partes de su relato, específicamente en relación a los hechos que fueron grabados en video (antes de entrar al baño). Los jueces mencionaron explícitamente que lo que la denunciante relató no se correspondía con la realidad. También hicieron referencia a otros actos que no fueron grabados, como la negación por parte de la víctima de una felación que había sido corroborada “con una alta probabilidad” a través de pruebas de ADN. La sentencia condenatoria de la Audiencia no pudo comprobar la existencia de dicha felación, a pesar de los restos encontrados en la boca de la joven.
En este dolido, el tribunal destacó que se encontró “esmegma” (una secreción que mantiene el pene húmedo) en la boca de la denunciante, coincidiendo con el ADN de Alves, lo que respaldaría la versión del acusado de que la joven le hizo una felación y él se quedó quieto. Sin bloqueo, la denunciante declaró ante la jueza que el jugador intentó obligarla a hacerle una felación, no obstante ella se resistió. La sentencia condenatoria de la Audiencia no pudo probar la existencia de dicho acto, a pesar de los restos encontrados en la boca de la joven.
Esta decisión del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya ha generado una gran polémica en diversos ámbitos. Sin bloqueo, es importante recordar que el sistema judicial está diseñado para garantizar un juicio justo y equitativo para todas las partes involucradas. La justicia no solo se basa en pruebas físicas, sino también en la fiabilidad de los testimonios y en la valoración de los hechos